vie, 30 dic 2022 08:48:00 +0100
Anuncio de 27 de diciembre de 2022 por el que se somete a información pública el plan de restauración y el proyecto de explotación de la solicitud de aprovechamiento de recursos de la Sección C) de la Ley de Minas denominada concesión de explotación derivada "Las Navas", expte.: 10C10220-10, en los términos municipales de Cañaveral, Pedroso de Acim y Holguera (Cáceres).
Con fecha 22 de enero de 2021, se presentó por la entidad Lithium Iberia, SL, solicitud de concesión de explotación derivada denominada “Las Navas”, número de expediente 10C10220- 10, con una superficie de 88 cuadrículas mineras en los términos municipales de Cañaveral, Pedroso de Acim y Holguera (Cáceres) para la explotación y beneficio de litio, estaño, tántalo, niobio, rubidio y cesio. Posteriormente, con fecha 20 de abril de 2021, junto con la documentación técnica necesaria para el otorgamiento de la concesión de explotación, se presentó el plan de restauración y la solicitud para su autorización. Durante los meses de octubre y diciembre, se ha recibido documentación presentada por el promotor para completar el expediente.
Para dar cumplimiento al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, se comunica al público en general que el plan de restauración y el proyecto de explotación de la solicitud de aprovechamiento de recursos de la Sección C) de la Ley de Minas denominada concesión de explotación derivada “Las Navas”, expte. n.º 10C10220-10, podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera situadas en la Calle Clara Campoamor, n.º 2, 3ª planta, de Cáceres, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, así como en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública.
Así mismo se somete a información pública a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 125 y del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica la instalación fotovoltaica de 20.4 MWp y su línea de conexión.
Los datos generales del proyecto son los siguientes:
Instalaciones asociadas incluidas también en el proyecto de Explotación:
— Planta de Beneficio. En planta de beneficio tendrá lugar el tratamiento térmico y el procesamiento de un mineral rico en litio para producir LiOH.H2O. El diseño de la planta se centra en los productos LiOH.H2O, Sn, Ta, K2SO4 y Na2SO4.
— Instalaciones eléctricas y planta fotovoltaica de 20,4 MWp. Para el desarrollo del proyecto se hace necesaria la construcción de una subestación eléctrica, de una red de media tensión dotada de centros de transformación y líneas aéreas y subterráneas que transformen la energía a baja tensión para ser usada en los puntos de consumo de la explotación minera, de una línea de distribución para dar tensión a la subestación desde el punto de conexión de la empresa distribuidora y de un parque fotovoltaico de modalidad autoconsumo sin excedentes.
— Otras Instalaciones y edificaciones. Entre las que se incluye la gestión del agua y los accesos.
Propuesta de resolución al plan de restauración y a la autorización para las instalaciones de residuos mineros: a la vista de la documentación aportada por el interesado, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable al plan de restauración presentado, y sin perjuicio de las alegaciones que pudieran ser presentadas en el periodo de información pública, y de los informes o condicionados que pudieran presentar los organismos consultados, así como cualquier otra documentación complementaria que sea preciso aportar.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, dirigidas al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa del otorgamiento de la concesión derivada de explotación de recurso de la Sección C), así como para autorizar el plan de restauración es la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Procedimiento de participación pública: el establecido en el artículo 6.5 del citado Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el conocimiento general.
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