INFORMACIÓN PÚBLICA
vie, 17 may 2024 08:09:00 +0200 ADMINISTRADOR
Anuncio de 6 de mayo de 2024 por el que se somete a información pública el plan de restauración para el aprovechamiento de recursos de la Sección A) denominado "Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa", n.º 06A00979-20, en el término municipal de Badajoz.
Con fecha 25 de febrero de 2022 se presentó por la entidad Transarpe, SL, solicitud de autorización de aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas denominado “Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa”, n.º 06A00979-20, en el término municipal de Badajoz.
Para dar cumplimiento al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras se comunica al público en general que el plan de restauración de la solicitud de autorización de aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas denominado “Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa”, n.º 06A00979-20 podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera en Badajoz, situadas en el polígono industrial “El Nevero”, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, así como en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública.
Los datos generales del proyecto son:
Propuesta de resolución al Plan de Restauración: A la vista de la documentación aportada, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que emitan los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de aprovechamiento de recursos de la Sección A) y del Plan de Restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (Unidad Badajoz) de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
El procedimiento de participación pública es el establecido en el artículo 6.5 del citado Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para general conocimiento.
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