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INFORMACIÓN PÚBLICA

Aprovechamiento Recurso Sección A) "Ampliación 2ª Vegas de Bótoa", nº 06A00979-20

vie, 17 may 2024 08:09:00 +0200 ADMINISTRADOR

Anuncio de 6 de mayo de 2024 por el que se somete a información pública el plan de restauración para el aprovechamiento de recursos de la Sección A) denominado "Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa", n.º 06A00979-20, en el término municipal de Badajoz.

Con fecha 25 de febrero de 2022 se presentó por la entidad Transarpe, SL, solicitud de au­torización de aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas denominado “Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa”, n.º 06A00979-20, en el término municipal de Badajoz.

Para dar cumplimiento al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación de los espacios afectados por actividades mineras se comunica al público en general que el plan de restau­ración de la solicitud de autorización de aprovechamiento de recursos de la Sección A) de la Ley de Minas denominado “Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa”, n.º 06A00979-20 podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera en Badajoz, situadas en el polígono industrial “El Nevero”, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, así como en la página oficial del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), Sección de Información Pública.

Los datos generales del proyecto son:

Propuesta de resolución al Plan de Restauración: A la vista de la documentación aportada, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que emitan los organismos consultados.

El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de apro­vechamiento de recursos de la Sección A) y del Plan de Restauración es el Servicio de Orde­nación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dis­puesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 

El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (Unidad Badajoz) de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.

El procedimiento de participación pública es el establecido en el artículo 6.5 del citado Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para general conocimiento.

Enlaces a Documentos: 

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