INFORMACIÓN PÚBLICA
lun, 29 sep 2025 08:55:00 +0200 ADMINISTRADOR
Anuncio de 4 de julio de 2025 por el que se publica la Resolución de la Consejera, por la que se declara la condición mineral y se clasifica como agua minero-medicinal con la clasificación de "Agua Mineral Natural", el agua denominada "Moreras de Arriba", n.º AB100010, situada en el término municipal de Zarza la Mayor (Cáceres).
De conformidad con lo establecido en el artículo 3.2 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano y en el artículo 24.4 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se publica la Resolución de la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura por la que se declara la condición mineral y se clasifica como agua minero-medicinal con la clasificación de “Agua Mineral Natural”, el agua denominada “Moreras de Arriba”, n.º AB100010, situada en el término municipal de Zarza la Mayor (Cáceres).
La citada resolución, en la parte dispositiva que hace referencia a la declaración de agua mineral natural, establece lo siguiente:
“Declarar la condición del agua denominada “Moreras de Arriba”, n.º AB100010, procedente de la captación “Agua de las Moreras de Arriba”, con las coordenadas UTM ETRS89 Huso 29 X:684083 Y:4428742, localizada en la finca “Las Moreras” en el polígono 1 parcela 17 del término municipal de Zarza la Mayor (Cáceres) como Agua Mineral y clasificarla como Minero-Medicinal con la clasificación de Agua Mineral Natural.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El recurso de reposición podrá interponerse ante la Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución. El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución si se interpone directamente.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. No obstante, podrá interponer el interesado, en su caso, cualquier otro que estime procedente”.
Para conocimiento del texto íntegro de la resolución, éste se encuentra disponible en el portal del Sistema de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es), sección de información pública.
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