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Información Pública - Detalle

INFORMACIÓN PÚBLICA

Aprovechamiento Recurso Sección A) "El Retamar", nº 06A01003-00

mié, 05 nov 2025 08:14:00 +0100 ADMINISTRADOR

Anuncio de 29 de octubre de 2025 por el que se someten a información pública el proyecto de explotación, el plan de restauración y el estudio de impacto ambiental relativos a la solicitud del proyecto de aprovechamiento del recurso minero de la Sección A) 06A01003-00 "El Retamar", en el término municipal de Don Benito (Badajoz).

 

Con fecha 9 de septiembre de 2025, la entidad Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, presentó solicitud de autorización de aprovechamiento de recursos de la sección A) de la Ley de Minas, denominada “El Retamar”, con número 06A01003-00, en el término municipal de Don Benito (Badajoz), así como el correspondiente plan de restauración y el estudio de impacto ambien­tal del citado aprovechamiento.

 

Para dar cumplimiento al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como al artículo 6 del Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y re­habilitación del espacio afectado por actividades mineras, se comunica al público en general que el proyecto de explotación, el plan de restauración y el estudio de impacto de la solicitud del proyecto de explotación antes mencionado, podrán ser examinados, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera situadas en polígono industrial El Nevero, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, así como en la página oficial del Siste­ma de Información Geológico Minero de Extremadura (http://sigeo.juntaex.es ), Sección de Información Pública.

 

El proyecto se incluye dentro del anexo IV “Proyectos sometidos a la evaluación ambiental ordinaria”, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autó­noma de Extremadura, y en el grupo 2, epígrafe a), del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental. Los datos generales del mismo son los siguientes:

 

 

Propuesta de resolución al plan de restauración: a la vista de la documentación aportada por la entidad promotora, el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable al plan de restauración presentado, sin perjuicio de las alegaciones que puedan formularse durante el periodo de información pública ni de los informes o condiciona­dos que pudieran emitir los organismos consultados.

 

El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de apro­vechamiento de recursos de la Sección A) y del plan de restauración es el Servicio de Orde­nación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad.

 

El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, en el polígono industrial El Nevero, avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Admi­nistrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El procedimiento de participación pública es el establecido en los artículos 6.5 del Real Decre­to 975/2009, de 12 de junio, artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, y artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

 

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

 

Enlaces a Documentos: 

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