vie, 03 abr 2020 09:48:00 +0200
Se ha publicado con fecha 3 de abril de 2020 en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) número 93 la Orden INT/316/2020, de 2 de abril, por la que se adoptan medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En su artículo 4, se prorrogan de las autorizaciones para la utilización habitual de explosivos y carnés de artillero, en los siguientes términos:
Las autorizaciones para la utilización habitual de explosivos de ámbito nacional, autonómico y provincial, previstas en el artículo 119 del Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, cuyo período de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogadas por un período de seis meses desde la fecha de su pérdida de vigencia.
Los carnés de artillero y auxiliar de artillero a que se refiere el artículo 125 del Reglamento de Explosivos, cuyo período de vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogadas por un período de tres meses desde la fecha de su pérdida de vigencia.
Puede descargarse la orden en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/03/pdfs/BOE-A-2020-4259.pdf
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